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¡¡¡FUERA MILITARES Y PARAMILITARES DE CHIAPAS, OAXACA Y DE TODO MÉXICO!!! ¡¡¡FUERA REGÍMENES DE TERROR DEL PLANETA!!!¡¡¡ATENCO LIBRE!!!¡¡¡LIBERTAD A TODXS LXS PRESXS POLÍTICXS!!!VIVA LA SEXTA DECLARACIÓN DE LA SELVA LACANDONA!!!¡¡¡EXIGIMOS LA APARICION INMEDIATA DEL TIO Y DE TOD@S L@S DETENIDOS DESAPARECID@S,VIVOS SE LOS LLEVARON, VIVOS LOS QUEREMOS!!!NO A LA GUERRA EN NINGUNA PARTE DEL MUNDO

SOLO EL PUEBLO ORGANIZADO VENCERÁ



viernes, 27 de mayo de 2011

Exigimos al Estado Mexicano y sus Gobiernos Estatales, frenar los operativos de limpieza social en contra de las poblaciones callejeras


La Red por los derechos de la infancia en México y la Alianza Mexicana de Poblaciones Callejeras, queremos manifestar nuestra preocupación por los operativos de limpieza social que se han venido realizando en los Estados de Jalisco, Chiapas, Veracruz, Chihuahua y Cd. de México, intensificándose en las últimas semanas, teniendo como argumento que este tipo de prácticas se encuentran en el marco de proyectos de alto nivel de remozamiento del entorno urbano, que dan respuesta a la demanda vecinal y de los empresarios de la zona y que generan espacios “seguros”, al quedar libres de niños trabajadores y poblaciones callejeras.

En el mismo sentido, argumentando políticas de protección a la infancia, el DIF nacional en el marco de su programa denominado “De la Calle a la vida”, los DIF estatales, llevan a cabo programas locales en coordinación con la Secretaria de Seguridad Pública y la Policía Preventiva con lo cual han instrumentado directamente levantamiento de la población, actos intimidatorios, destrucción de sus casas y pertenencias, amenazas a los padres de los niños de perder la patria potestad, llamados a la población para que denuncie si ve alguna persona menor de edad trabajando o pidiendo dinero en las calles. Estas acciones criminalizan a niños, niñas y en general a las poblaciones callejeras.

Los operativos realizados contravienen los derechos de la infancia, que lejos de atender bajo este enfoque y con la profundidad necesaria los problemas que pretenden combatir, entre otros la pobreza y la profunda exclusión social de los niños y niñas que viven o trabajan en la calle, estas propuestas generan un círculo de exclusión al provocar discriminación social y criminalización de las familias más vulneradas en sus derechos humanos.

Más de cinco décadas de atención al fenómeno callejero en América Latina demuestran que las políticas de encierro o de retiro forzado de niños, niñas y adolescentes de las calles sólo constituyen acciones inmediatistas que impiden un proceso de restablecimiento de la cohesión social. Los programas más exitosos a nivel internacional son aquellos que parten de la desincorporación gradual de la calle para ofrecer nuevas posibilidad de acceder voluntariamente a espacios alternativos como parte de un proceso de inclusión, interlocución y de formación para la infancia.

El Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas ha señalado enfáticamente que el Estado tendría que promover programas de vinculación a la escuela y de desvinculación progresiva de la calle, así como programas contra la explotación laboral de niños y niñas. Los operativos implementados no cambian las raíces económico-sociales de las poblaciones y que pueden incluso fomentar la corrupción de autoridades. Tales medidas son una oportunidad para que se legitime la práctica de abusos y arbitrariedades contra las poblaciones callejeras y quienes trabajan en las calles.

El Estado mexicano firmó y ratifico con carácter vinculante la Convención de los Derechos del Niño (CDN) que desde el artículo 133 de la Constitución Mexicana obliga a todos los gobiernos a reconocerla como ley por encima de las normativas federales y estatales. Las prácticas de limpieza social impulsadas por los gobiernos de los Estados señalados anteriormente, violan distintas disposiciones de esta ley, específicamente los derechos a la supervivencia y al desarrollo (art. 6 de la CDN), a la no discriminación (art. 2), a la participación en los temas que les afectan (art. 12), el principio del interés superior del niño (art. 3), el derecho a una vida libre de violencia (art. 19). En el caso de niños y niñas que viven y/o trabajan en la calle con su familia, la iniciativa puede generar además la violación de su derecho a la familia y a no ser separados de sus padres (art, 5, 9, 18), y al Art. 23 de la Ley federal para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que dice textualmente: “Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en familia. La falta de recursos no podrá considerarse motivo suficiente para separarlos de sus padres o de los familiares con los que convivan, ni causa de la pérdida de la patria potestad”. En el caso de la Ciudad de México, el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal en su línea 2022 indica “Identificar las prácticas discriminatorias y evitar los retiros forzados… de la población callejera…”.

Asimismo, recordamos la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a los Casos “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros) vs. Guatemala y Marco Antonio Servellón y otros vs. Honduras, en los cuales la Corte condenó no sólo “la práctica sistemática de la violencia contra niños en situación de riesgo”, sino la doble agresión de la cual los niños son objeto en este caso: por una parte por su situación de pobreza, porque no se benefician de la debida protección del Estado garantizando el “desarrollo completo y armonioso de sus personalidades”; y porque el Estado ha violado sus integridades físicas, psicológicas y morales, e incluso sus vidas con sus prácticas u omisiones.

Por tales motivos, y en virtud de las obligaciones del Estado Mexicano en materia de derechos humanos, exigimos:

* · El reconocimiento de las poblaciones callejeras y de infancia trabajadora como sujetos de derechos.

* · Que se eliminen los operativos de limpieza social y se retome el espíritu de Garante de los Derechos y de Protección que el propio Estado a través de los diversos organismos y secretarias, está obligado a cumplir aplicando estrategias integrales de atención a la infancia bajo el enfoque de derechos.

* · Se debe reconocer la deuda histórica del Estado Mexicano con esta población excluida socialmente, por lo que toda acción pública debe partir en su diseño y aplicación de los principios rectores de la Convención de los Derechos del Niño, la consulta con expertos en el tema, así como un presupuesto claramente diferenciado para esta población.

* · Es necesario desarrollar estrategias, sustentadas en el principio rector de la No Discriminación, para sensibilizar a la sociedad, a los líderes de opinión y funcionarios públicos de todo nivel para el tratamiento adecuado de este fenómeno social, superando las falsas creencias y estereotipos negativos que sustentan la discriminación, la violencia y las acciones de limpieza social.

* · Realizar campañas nacionales, estatales y municipales de promoción de la Convención de los Derechos del Niño, para facilitar el tránsito de las miradas tradicionales que limitan el derecho de participación de la infancia callejera, con la finalidad de alcanzar el reconocimiento de niños y niñas como ciudadanos con igualdad de derechos.

* · Exigimos el desarrollo de alternativas diferenciadas por núcleos de población, con especial énfasis en las problemáticas de la infancia indígena y migrantes a las áreas urbanas.

* · Cualquier iniciativa pública con población callejera debe garantizar espacios de coordinación y concertación entre los programas gubernamentales, sociedad civil, y fundamentalmente se priorice la participación de las poblaciones callejeras.

* · Es urgente la programación de presupuesto etiquetado para atender la complejidad de las poblaciones callejeras con el fin de garantizar su inclusión y el pleno ejercicio de sus derechos.

Como organizaciones de la sociedad civil que promovemos un movimiento social y cultural de promoción y defensa de los derechos de la infancia, estamos en la disposición de compartir nuestra experiencia para el desarrollo de leyes, políticas públicas y programas que generen inclusión y formación para las poblaciones callejeras y la infancia trabajadora en el marco de los Derechos Humanos.

Atentamente

Alianza Mexicana de Poblaciones Callejeras

CIDES, IAP (Centro Interdisciplinario para el Desarrollo Social)

Ednica, IAP

El Caracol, A. C.

MAMA, A. C.

MATRACA, A. C.

Melel Xojobal, A. C.

Red por los Derechos de la Infancia en Mexico (REDIM)

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